Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 1638 - 1931 (Creación)
Nivel de descripción
Fondo
Volumen y soporte
24 unidades de instalación
Área de contexto
Nombre del productor
Historia Institucional / Biográfica
Desde el siglo XVI la Real Casa se constituyó en la institución que se ocupaba de la economía doméstica y de los asuntos privados del monarca, funciones heredadas de la Curia Regia medieval. Durante el Antiguo Régimen esta división quedó un poco difusa: por un lado los jefes de mayor rango de la Casa Real ocupaban también los más altos cargos en las instituciones de gobierno del Estado; por otro, los asuntos de administración de la Real Casa y del Patrimonio se mezclaban con los generales de los reinos. Así el gobierno fue ejercido por diversas juntas, siendo sustituidas a mediados del siglo XVIII por las Secretarías del Despacho. En 1814 se produjo la definitiva separación del gobierno de la Real Casa de los asuntos del Estado.
En cuanto a la jurisdicción, durante el Antiguo Régimen, además de la jurisdicción real ordinaria, existieron una serie de jurisdicciones especiales, aquellas que funcionaban al margen de la red de tribunales de justicia real ordinaria. Entre otras, se encontraba la de la Casa Real, bajo la que se situaban los criados de la Real Casa. Por lo tanto, la división Jurídica del Archivo General de Palacio contiene los procesos judiciales que afectaban a cualquier persona que prestara sus servicios en la Casa Real, incluyendo además a los soldados de las diferentes Guardias Reales, e incluso, en algunos momentos, a los proveedores reales. Durante el Antiguo Régimen la Real Junta de Bureo asumió, además de las gubernativas, las competencias judiciales sobre los criados de la Real Casa. Su función era actuar como tribunal para todo el personal que gozaba del fuero privativo de la Real Casa. A lo largo de sus casi tres siglos de existencia, la Real Junta de Bureo conoció diferentes modelos de organización, variando también sus competencias judiciales. En 1815 la Junta del Bureo desapareció, quedando todas las competencias judiciales en manos la Junta Suprema Patrimonial de Apelaciones de la Real Casa y Patrimonio, institución que permaneció hasta 1836, en que desapareció la jurisdicción especial palatina. Pero la documentación judicial existente en el Archivo no solo procede de ambos tribunales, a los que sólo en la mayoría de los casos se llegaba en grado de apelación. Veamos, aunque sea de forma somera, cuál era la organización de los diferentes juzgados y tribunales. Hasta 1749, todos los procesos de los empleados de la Real Casa eran vistos por la Real Junta de Bureo correspondiente, tanto en primera instancia como en apelación. A partir de esa fecha, con la creación de los juzgados de la Casa del Rey, Casa de la Reina y Casa de la Reina Madre, la Real Junta de Bureo sólo actuaba en grado de apelación. La unificación de las casas reales en 1761 supuso la fusión de estos juzgados en el Juzgado de la Real Casa. Por otro lado, desde el siglo XVII los ramos de Cámara, Capilla y Caballerizas contaron con su propio juzgado, en los que el jefe cada uno de ellos era el juez privativo, con apelación al Bureo. También los diferentes cuerpos de guardias reales, tenían jurisdicción especial, actuando el capitán respectivo como juez privativo. En cuanto a las administraciones patrimoniales, el alcaide, gobernador o intendente respectivo poseía jurisdicción privativa civil y criminal con apelación a la Real Junta de Obras y Bosques, hasta 1768. Con la desaparición de esta junta las apelaciones se veían en la Sala de Justicia del Consejo de Castilla. Sin embargo, la documentación de las diferentes escribanías de la Real Junta de Obras y Bosques se conserva en el Archivo General de Simancas y el Archivo Histórico Nacional. A partir de 1815, el Juzgado de la Real Casa pasó también a encargarse de todas las causas y negocios de los Reales Sitios, tomando la denominación de Juzgado de la Real Casa y Patrimonio, con excepción del Juzgado Privativo de San Lorenzo de El Escorial. Los procesos en grado de apelación se veían en la Junta Suprema Patrimonial de Apelaciones. La documentación que compone la división Jurídica ha formado parte del Archivo General de Palacio desde que fue suprimida la jurisdicción especial palatina en 1836. Las series documentales generadas por estos juzgados y tribunales están compuestas por pleitos civiles por deudas, arrendamientos, compraventas y testamentarías, así como causas criminales por robos, peleas, asesinatos, malos tratos, etc.
Institución archivística
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
La fundación del Convento de la Encarnación se llevó a cabo por iniciativa de la reina Margarita de Austria en 1611, que deseaba erigir una fundación en Madrid junto al Alcázar, similar a la realizada por Juana de Austria en las Descalzas Reales. La madre Mariana de San José se puso al frente de la fundación, establecida provisionalmente en el Convento de Santa Isabel. Mientras tanto, se acometía la construcción del edificio en el lugar elegido, la Huerta de la Priora, junto al Alcázar, que se encargó a los arquitectos Juan Gómez de Mora y Fray Alberto de la Madre de Dios, inaugurándose oficialmente el 2 de julio de 1616.
La mayor parte de la documentación del Patronato conservada en el Archivo General de Palacio data del siglo XIX y especialmente a partir de 1876, fecha en que se hace cargo de su administración la Intendencia General. En su mayoría son expedientes de administración relativos a obras y cuentas del Patronato.
También se custodia documentación anterior sobre limosnas y socorros concedidos por los Reyes y autorizaciones para ingreso de religiosas.
Valoración, selección y eliminación
Nuevos ingresos
Organización
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Libre
Condiciones de reproducción
El solicitante debe manifestar que destina las reproducciones exclusivamente para fines de estudio e investigación, sin finalidad lucrativa, según lo dispuesto en la Ley de Propiedad Intelectual o cualquier otra disposición legal vigente. En caso de publicación se requiere la autorización previa de Patrimonio Nacional, así como citar la procedencia y signatura de la documentación reproducida.
Lengua(s) de la documentación
- español
Escritura(s) de la documentación
- latín
Notas del lenguaje y escritura de la documentación
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Identificador/es alternativo(s)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
Puntos de acceso de género/forma
Área de control de la descripción
Identificador de la descripción
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
Estado de elaboración
Nivel de detalle
Fechas de creación, revisión o eliminación
Idioma(s)
- español
Escritura(s)
- latín
Fuentes
Nota del archivista
DOCN: CLIA0005645