ES-28079-AGP/RA-4395730
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Persona
·
fl. 1861
Taxonomía
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Era la capacidad regia de asignación o nombramiento de determinados oficios notariales, generalmente escribanos públicos
En el caso del Real Convento de Santa Clara de Tordesillas, esta facultad recaía en el rey, pero el monarca se la cedió a la abadesa y el convento de santa Clara. Por ello, la designación recaía en la abadesa, mientras que los derechos de escribanía conllevaban la percepción de numerario.
Términos jerárquicos
ESCRIBANÍAS
Término General 10. POLÍTICA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ESCRIBANÍAS
Término Específico ESCRIBANÍAS DEL NÚMERO
Términos equivalentes
ESCRIBANÍAS
Usado para ESCRIBANÍA
Usado para DERECHO DE ESCRIBANÍA